JUBILACIONES
Aclaración :
El sistema de Jubilación Ejecutiva consiste en la posibilidad que tiene el docente de solicitar su trámite jubilatorio sin necesidad de apersonarse con su legajo de antecedentes y/o foja de servicios al Consejo Escolar, a la Dirección de Jubilaciones y certificaciones de la Dirección General de Cultura y Educación ni al Instituto de Previsión Social.
El sistema de Jubilación Ejecutiva consiste en la posibilidad que tiene el docente de solicitar su trámite jubilatorio sin necesidad de apersonarse con su legajo de antecedentes y/o foja de servicios al Consejo Escolar, a la Dirección de Jubilaciones y certificaciones de la Dirección General de Cultura y Educación ni al Instituto de Previsión Social.
Sólo debe acercarse a la Secretaría de Asuntos Docentes (S.A.D.) donde presta servicios, manifestar su voluntad de acogerse al beneficio jubilatorio. Luego, confeccionar una planilla virtual de declaración jurada y finalmente regresar al mismo organismo donde deberá rubricar su renuncia a los cargos que desee.
Jubilación Ordinaria.pdf
Jubilación por Invalidez -Junio-2014.pdf
Jubilación por Edad Avanzada-Junio-2014.pdf
Jubilación Automática Docente -Junio-2014.pdf
PARA DOCENTES DGCyE EN ACTIVIDAD IPS Resolución Nº 10/14. – Previo a pagar la jubilación ,la documentación a presentar deberá estar antes de los 60 días o no inician el trámite
Decreto 43113 referido a modificaciones a la jubilacion s/ ley 10430/
cese ordinario.doc
Declaracion de servicios fuera de dgcye.doc
Decreto Ley 9650/80 Régimen Provisional.pdf
Manual de Usuario Jubilación Ejecutiva.pdf
empleadores/listado-deudores-previsionales.htm